Reformas y adiciones a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal

Tabaquismo, alcohol y drogas
Lunes 6 de Octubre de 2014
Reformas y adiciones a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal

En relación a la publicación de las REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DE PROTECCIÓN A LA SALUD DE LOS NO FUMADORES EN EL DISTRITO FEDERAL en la Gaceta Oficial del D. F. el pasado 4 de marzo de 2008, se les informa que en virtud de lo que dispone la nueva fracción V del artículo 10, en las escuelas cualquier lugar cerrado incluido cubículos y oficinas, entra en la categoría de espacio cerrado de acceso público, por lo que queda prohibido fumar en estos lugares, además de los antes asignados: cafeterías, auditorios, bibliotecas, laboratorios, instalaciones deportivas, salones de clase, pasillos y sanitarios.



Las zonas dentro de la Institución en donde se puede fumar están delimitadas. (tanto en Río Hondo como en Santa Teresa) Son espacios abiertos y cuentan con señalamientos adecuados.



Es responsabilidad de la comunidad ITAM contactar a las extensiones abajo señaladas y dar aviso en caso de que se sorprenda a alguna persona fumando en las áreas distintas a las mencionadas en el párrafo anterior.



Para coadyuvar en la vigilancia de la misma, se tiene a disposición de la comunidad ITAM, además de las extensiones, un correo electrónico donde se puede denunciar a las personas que no estén respetando los espacios libres de humo de tabaco. La denuncia será tratada como confidencial y anónima.

Haz clic aquí para ver el cartel sobre el tabaquismo.

comunicacion@itam.mx

exts. 1603 y 1605

Archivos adjuntos: 
*El ITAM no se hace responsable por la información de los sitios a los que enlaza, son únicamente una guía y los interesados deben informarse antes de tomar cualquier consejo o programa que ofrezcan los mismos.
Todos los derechos reservados © ITAM, 2024. Río Hondo No.1, Col. Progreso Tizapán, Álvaro Obregón, 01080 Ciudad de México, México, Tel. +52(55) 5628 4000